Empleado vs contratista independiente

Por Jennifer Bishop-Jenkins, ICMG
30 de septiembre de 2016

En las últimas cuatro décadas, nuestra industria de aseo ha experimentado un aumento notablemente rápido de relativamente subestimado a altamente profesionalizado. La impresionante expansión y profesionalización de la industria nos habla bien de todos nosotros. Doy crédito especial a nuestros líderes de la industria que nos han instado a todos a adoptar una mejor perspicacia comercial y las mejores prácticas en cada paso del camino.

El cambio rápido también puede contribuir a cierta confusión e incertidumbre. Un área continua de confusión y información errónea sigue siendo el uso apropiado del estado del “contratista independiente” como “empleado” en un negocio de preparación. Había escuchado tantas opiniones e interpretaciones diferentes de lo que la ley permitía, que cuando abrí Love Fur Dogs en 2014, comencé a hacer llamadas telefónicas para responder algunas de mis preguntas.

Vacor de advertencia

Aquí viene el descargo de responsabilidad: soy un maestro de peluqueros, no un abogado fiscal. Este artículo no sustituye el asesoramiento legal de un abogado fiscal. Pero he entrevistado al personal del IRS y los agentes fiscales estatales en mi estado natal de Illinois, abogados de impuestos privados y CPA (contadores públicos certificados). Paso aquí lo que me han dicho con fines educativos generales, al tiempo que insto a todos a consultar a sus propios abogados comerciales para obtener asesoramiento legal en sus propias situaciones y estados individuales.

A muchos peluqueros de todo el condado todavía se les paga como contratistas independientes, pero varios expertos que entrevisté observaron que muchos pueden no estar haciendo dentro de los límites de la ley o incluso dentro de sus propios intereses. Los empleados del IRS, o sus administradores fiscales estatales, siempre están disponibles para responder a sus preguntas. Y hay muchos abogados fiscales excelentes y económicos y contadores públicos certificados (CPA) que lo guiarán en la ley y le asesorarán para su propio beneficio profesional.

No dejes que esto te pase a ti

Una historia de la experiencia personal ilustra la importancia de hacer esto bien:

Hace unos años ayudé temporalmente a una tienda de preparación en una ciudad cercana, reemplazando a un peluquero ausente durante dos días. Mientras se alejaba en mi mesa de preparación, conversé con el talentoso peluquero a mi lado.

Ella me dijo que había estado trabajando allí durante 29 años. Le hice saber lo impresionado que estaba, ¡me pisó un negocio tanto tiempo! Como teníamos una edad bastante cercana, ambos en nuestros 50 años, comenzamos a conversar sobre nuestros sueños mutuos para la jubilación, durante el cual ella declaró: “Sí, voy a tener que comenzar a guardar eso muy pronto!”

Luego me reveló que en tres décadas de trabajo como una peluadora comisionada allí, recibiendo dinero en efectivo debajo de la mesa, nunca había pagado la seguridad social y no tenía atención médica ni ahorros de jubilación. Ninguna.

Mientras conversábamos, quedó claro que ella ni siquiera sabía que todos recibimos el Seguro Social en la jubilación si hemos estado pagando al sistema toda nuestra vida laboral. Ella pensó que estaría recolectando al jubilarse, pero nunca había pagado. Había estado trabajando por efectivo toda su vida, tenía 59 años y necesitaba un reemplazo de rodilla. Sin palabras y triste, solo podía desearle lo mejor y le di el nombre de mi maravilloso CPA.

Este peluquero no era empleado legal ni contratista independiente legal. Sin embargo, este peluquero había cooperado durante tres décadas con un sistema orquestado por su empleador que era completamente ilegal para ambos. Pero ella era la probable que sufriera las consecuencias más devastadoras.

Directrices del IRS

La definición de un contratista independiente a nivel federal, sorprendentemente, no se explica en el estatuto, solo se define por la jurisprudencia. Ha habido aproximadamente 20 casos en que los tribunales han dictaminado sobre una disputa sobre si un trabajador era o no un empleado o un contratista independiente. Esas decisiones se han convertido en un conjunto de preguntas sobre una forma del IRS que explica los criterios para cualquier persona que reclame el trabajo como contratista independiente.

El formulario necesario es el SS-8 y está disponible en www.irs.gov escribiendo SS-8 en el cuadro de búsqueda en la parte superior de la página de inicio del IRS.

El formulario hace preguntas sobre el tema central de control: ¿quién toma decisiones? ¿En qué dirección fluye el dinero? ¿Cómo recibe las tareas del trabajador? ¿A quién paga el cliente? ¿Quién proporciona a los clientes? ¿Quién establece las horas y las reglas del negocio? El contratista independiente debe ser el de control, que recibe todos los fondos de los clientes directamente, que poseen y proporciona a los clientes, etc.

Aquí hay un ejemplo de un contratista independiente legal federalmente: el peluquero podría alquilar una estación del propietario de una instalación por una tarifa fija, hacer su propia publicidad, establecer sus propios horarios y estándares de trabajo, y no informar al propietario de la instalación. Podría haber un contrato escrito que define la relación y, lo más importante, el peluquero recopilaría dinero directamente de los clientes.

En esa misma instalación, no habría empleados asalariados, solo otros yonull

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